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Concejal Mariano Stinga

Proyecto: Modificación Ordenanza 744, Zona R4


Visto: 

La preocupación de los vecinos de Piedra Blanca, manifestada en el HCD en uso de la Banca del Vecino, por la presunta construcción de un centro comercial en zona residencial, y

Considerando:

Que se advierten imprecisiones entre la letra de la Ordenanza 744 e incluso entre los mapas utilizados tanto por el poder ejecutivo como el legislativo, dejando una zona gris, en el límite noreste de la zona R4.

Que en el texto se consigna “por futura calle Costanera del Arroyo de Piedra Blanca hasta Dos Venados”, cuando en realidad la Avda. Dos Venados termina en la Avda de los Césares, es decir que nunca la Avda Dos Venados hace intersección con el arroyo Piedra Blanca o con la futura calle Costanera.

Que no existe documentación que prevea, que la Av Dos Venados continúe hasta la futura calle costanera, ya que la zona está consolidada por familias que residen en el lugar desde hace muchos años.

Que creemos necesario modificar el texto de la zona R4 como también de la zona T2, para evitar interpretaciones que terminen impactando negativamente en el criterio de desarrollo elegido para ese sector.

Que respecto a la zona T1consideramos se encuentra correctamente detallada y especificada.
Que por Ordenanza 748-HCD-2000 en el art. 1 designa los nombres que se registran a las calles de Piedra Blanca Arriba y en su punto 1 determina: Av. De los Incas (Los Mimbres en el último tramo hasta el hotel Piedra Blanca)

Que la Ordenanza 799-HCD-2002 establece en su art. 2.b para zona R4 “SUPERFICIE: La superficie cubierta afectada al uso público no podrá ser superior a los setenta (70) metros cuadrados;”

Por ello, el Concejal Mariano Stinga, solicita al Honorable Concejo Deliberante de Villa de Merlo, el tratamiento del siguiente proyecto de,

Ordenanza:

Art.1) Modifíquese el punto 2.3.3.4. Zona Residencial 4: R4 de la Ordenanza 744-HCD-2000, que quedará redactado de la siguiente manera:

Encerrada por la siguiente poligonal:
Desde la Av. La Juventud por la línea de fondo de los lotes frentistas sobre vereda este de Avda, Norte hasta la Avda. de Los Incas, bordea la banda de Zona C2 por la línea de fondo de los lotes frentistas sobre vereda oeste de la Avda. Norte hasta la futura Costanera del Arroyo El Tigre; por ésta hasta la delimitación de Zona R5, y por ésta hasta la línea de fondo de los lotes frentistas sobre vereda sur de Avda. Fermín Romero hasta el curvón; por la línea de fondo de los lotes frentistas sobre vereda norte de Fermín Romero hasta calle Ramón González; por ésta hasta el Arroyo de Piedra Blanca; por futura calle Costanera del Arroyo de Piedra Blanca hasta la intersección con Av. De Los Incas y su continuación Av. Los Mimbres; y por esta hasta Av. Dos Venados; por la línea de fondo de los lotes frentistas sobre vereda oeste de Dos Venados ( T1), hasta Arroyo Pantanillo; por esta hasta límite norte de R3 y por esta al inició.

Art.2) Modifíquese el punto 2.3.5.2. Zona Turística 2: T2 de la Ordenanza 744-HCD-2000, que quedará redactado de la siguiente manera:

Encerrada por la siguiente poligonal:
El límite oeste es T1; al norte los lotes frentistas sobre lado sur que dan a la calle Av. de los Incas y su continuación Av. Los Mimbres y el Arroyo Piedra Blanca; al este la poligonal paralela a T1 distante 500 m de ésta, y al sur el arroyo El Molino.

Art.3) De forma.-

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