PROYECTO DE ORDENANZA: ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO EN FARMACIAS
VISTO:
Las complicaciones que ocurren a diario, al momento de pretender estacionar un vehículo para realizar una transacción en una farmacia, y
CONSIDERANDO:
Que muchas de esas transacciones se dan en un marco de premura y celeridad, ya que la operación contempla la compra de fármacos y/o medicamentos, a veces en situación de urgencia.
Que en la actualidad, el crecimiento del parque automotor, hace dificultosa la tarea de poder estacionar sobre las principales calles, que es donde se encuentran la mayor cantidad de estos locales comerciales.
Que es necesario asignar espacios debidamente delimitados e identificados, que permitan a los usuarios o clientes, estacionar frente a este tipo de comercios
Que la implementación de dichos espacios para estacionamiento en la vía pública, permitirían un estacionamiento de carácter momentáneo y rotativo
Que ubicados al frente del local comercial, facilitaría la realización de la transacción
Que el objetivo es propender a que en horarios de atención al público, y/o en los llamados “de guardia” o “de turno”, el cliente pueda realizar su operación, en un tiempo prudencial, y permitirle a quien lo suceda, la misma oportunidad.
POR TODO ELLO, EL CONCEJAL MARIANO STINGA, PROPONE A ESTE HCD EL SIGUENTE PROYECTO DE,
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Impleméntese en los comercios del rubro de farmacia que tengan otorgada la correspondiente habilitación comercial, la reserva de un sector de la vía pública de 12 (doce) metros, equivalentes al estacionamiento de dos vehículos como máximo.
ARTÍCULO 2º: Demárquense la calzada y el cordón del sector asignado, con pintura de color amarillo, y colóquese la cartelería indicatoria con la leyenda “Permitido estacionar únicamente tramites de farmacia, tiempo máximo permitido 10 Minutos “
ARTICULO 3º: El horario del estacionamiento reservado coincidirá con el horario de funcionamiento normal del comercio o cuando éste cumpla con el servicio de guardia.
En el horario que el comercio permanezca cerrado, el estacionamiento en la zona delimitada, se ajustará a los requerimientos del área en que se encuentre emplazado.
ARTÍCULO 4º: Todo uso del espacio asignado, que no sea el previsto en la presente, será sancionado de acuerdo a como lo establecen las ordenanzas vigentes, o se establezcan oportunamente a partir de la promulgación de la misma.
ARTICULO 5º: De forma.
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