PROYECTO DE ORDENANZA: FONDO DE CONCIENTIZACIÓN Y CAPACITACIÓN AMBIENTAL
Visto:
El pedido realizado por Juvennat en la Banca de Vecino del día 28 de mayo de 2015, y
Considerando:
Que dicha agrupación expuso su preocupación por varios casos de desmonte, y su inquietud por saber cuál es el destino de los fondos que surgen de las multas por ese tipo de infracciones.
Que también se habló del último gran incendio que se produjo en las sierras y de la falta de políticas de prevención al respecto.
Que la Ordenanza N°602-HCD-1995 y sus modificatorias establecen los tipos de infracción sobre monumentos biológicos y las sanciones correspondientes.
Que la Ordenanza N° 1122 del año 2009 suma a la reposición de especies, multas según el valor inmobiliario del metro cuadrado de las superficies afectadas.
Que a modo de ejemplo, el juzgado de faltas Municipal sancionó a la Empresa Rovella Carranza por el desmonte de 10.000 (diez mil) Mtrs2, con una multa de $ 269.000 (Pesos: Doscientos sesenta y nueve mil), por aplicación del Art 4° de la Ordenanza N° 1122-HCD-2009, según consta en la Sentencia N °3851-TF-2015.
Por todo ello, el Concejal Mariano Stinga, solicita al Honorable Concejo Deliberante de Villa de Merlo, el tratamiento del siguiente proyecto de
Ordenanza:
Art.1°) Crease el fondo destinado a la concientización y capacitación ambiental.
Art.2°) Los fondos previstos en el Art.1° provendrán del 50%, que resulte de los importes que generen la aplicación de multas, previstas por la violación a las Ordenanzas N°602-HCD - 1995 y Ordenanza N° 1122- HCD-2009
Art.3°) De forma
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